Finiquito e indemnización de la empleada de hogar

El trabajo en el hogar familiar es una relación laboral especial (RD 1620/2011) con reglas propias, muy cambiadas por la reforma de 2022. Tienes derecho al finiquito siempre, y a indemnización según cómo termine el contrato.

Actualizado en · Régimen especial verificado con fuentes oficiales

Indemnización según el final del contrato

Extinción por causas tasadas12 días/año · tope 6 meses
Despido disciplinario procedenteSin indemnización
Despido improcedente20 días/año · tope 12 meses (discutido)

Qué cambió con la reforma de 2022

El Real Decreto-ley 16/2022 (en vigor desde el 9 de septiembre de 2022) eliminó el «desistimiento libre»: la empleadora o el empleador ya no pueden poner fin al contrato sin justificación. Ahora la extinción exige una causa tasada y comunicación por escrito.

Además, desde el 1 de octubre de 2022 las personas empleadas de hogar cotizan por desempleo y FOGASA, por lo que pueden acceder a la prestación por paro del SEPE.

Extinción por causas tasadas

Es la vía que sustituye al antiguo desistimiento. La indemnización es de 12 días de salario por año de servicio, con un tope de 6 mensualidades (art. 11 RD 1620/2011).

Requisitos: comunicación escrita con la causa, puesta a disposición de la indemnización al mismo tiempo, y un preaviso de 20 días si llevas más de un año (7 días si llevas menos). Las causas válidas son la disminución de ingresos o el aumento de gastos de la familia, un cambio sustancial de sus necesidades, o la pérdida razonable de confianza.

Despido disciplinario

Si el despido disciplinario (por un incumplimiento grave y culpable, con carta motivada) es procedente, no genera indemnización: solo cobras el finiquito.

Si ese despido se declara improcedente, sí hay indemnización (ver el aviso más abajo).

El finiquito de la empleada de hogar

Sea cual sea el motivo, el finiquito incluye: el salario de los días trabajados, la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, las vacaciones generadas y no disfrutadas (30 días naturales al año) y, en su caso, las horas pendientes y la compensación por falta de preaviso.

La indemnización por la extinción, cuando corresponde, es un concepto aparte que se suma al finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Tengo derecho a finiquito como empleada de hogar?
Sí, siempre. El finiquito (salario pendiente, parte proporcional de las dos pagas extra y vacaciones no disfrutadas) se paga al terminar el contrato sea cual sea el motivo.
¿Cuánta indemnización me corresponde?
La extinción por causas tasadas (el antiguo desistimiento) da 12 días de salario por año, con un tope de 6 mensualidades. El despido disciplinario procedente no da indemnización. El importe del despido improcedente está discutido (20 o 33 días por año).
¿Tengo derecho a paro?
Sí. Desde el 1 de octubre de 2022 las personas empleadas de hogar cotizan por desempleo y pueden cobrar la prestación del SEPE si reúnen los requisitos.
¿Pueden despedirme sin causa?
No. Desde la reforma de 2022 ya no existe el desistimiento libre: la extinción exige una causa tasada, comunicación por escrito y la puesta a disposición de la indemnización.

Fuentes

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Contenido informativo orientativo verificado con fuentes oficiales (BOE, Estatuto de los Trabajadores, jurisprudencia). No constituye asesoramiento legal; ante cualquier duda, consulta a un abogado laboralista. Última actualización: .